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EXPEDIA, EN LA MIRA POR CUBA

La batalla judicial en Miami que podría hacer responsable a una gigante de viajes por comercializar hoteles construidos sobre propiedades confiscadas por Castro

MIAMI, Reporta.news— Lo que comenzó como una disputa por antiguas propiedades confiscadas por el régimen de Fidel Castro se ha convertido en una compleja batalla judicial que podría tener consecuencias mucho más amplias para las empresas estadounidenses que hacen negocios relacionados con Cuba.

En el centro del conflicto está Expedia Group, una de las mayores compañías de viajes del mundo, acusada ante un tribunal federal de Miami de haber “traficado” con propiedades que, según los demandantes, fueron confiscadas por el gobierno cubano después de la revolución.

La acusación no sostiene que Expedia haya tomado físicamente los terrenos ni que haya construido los hoteles. La teoría jurídica es mucho más sofisticada: los demandantes aseguran que las plataformas vinculadas a Expedia promocionaron los hoteles, gestionaron reservas y obtuvieron beneficios comerciales de habitaciones construidas sobre terrenos que sus familias reclaman como propiedades confiscadas.

El caso se apoya en el Título III de la Ley de Libertad y Solidaridad Democrática Cubana de 1996, conocida como Ley Helms-Burton. Esa legislación permite a determinados ciudadanos estadounidenses presentar demandas contra personas o empresas que, con conocimiento e intención, participen en actividades comerciales utilizando o beneficiándose de propiedades confiscadas por el gobierno cubano.

La propiedad en disputa: Cayo Coco

Uno de los puntos centrales de esta batalla es Cayo Coco, uno de los principales destinos turísticos de Cuba.

El demandante Mario Echevarría sostuvo en un litigio anterior que su familia tenía derechos sobre la isla y que el gobierno cubano confiscó esos terrenos. Sobre parte de esa propiedad se construyeron posteriormente varios hoteles, entre ellos el Iberostar Mojito, Iberostar Colonial y Pullman Cayo Coco.

La demanda argumentó que empresas vinculadas a Expedia ofrecieron reservas en esos establecimientos y que esa actividad constituía “tráfico” de propiedad confiscada.

Documentos judiciales examinados por Reporta.news muestran que las partes incluso discutieron contratos relacionados con operadores turísticos cubanos y compañías hoteleras, así como registros de reservas efectuadas a través de diferentes plataformas vinculadas al grupo Expedia.

Pero aquí aparece uno de los principales obstáculos para los demandantes.

La palabra que puede decidirlo todo: “a sabiendas”

La Ley Helms-Burton no convierte automáticamente en responsable a cualquier empresa que tenga una relación comercial con una propiedad confiscada.

El elemento que puede resultar decisivo es el conocimiento.

Los demandantes deben demostrar que la actividad comercial fue realizada “knowingly and intentionally”, es decir, con conocimiento e intención, utilizando o beneficiándose de la propiedad confiscada sin autorización del ciudadano estadounidense que reclama derechos sobre ella.

Ese requisito se convirtió precisamente en uno de los principales argumentos de defensa de Expedia.

La compañía sostiene que no traficó a sabiendas ni intencionalmente con las propiedades, porque no sabía que los hoteles estaban ubicados sobre terrenos que los demandantes reclamaban como confiscados.

En otras palabras, la defensa intenta establecer una línea entre vender una habitación de hotel y traficar deliberadamente con una propiedad confiscada.

Expedia no quiere cargar con las operaciones de sus subsidiarias

Existe además otra batalla dentro de la batalla.

En el litigio anterior, Expedia Group argumentó que es una empresa matriz de holding, mientras que las operaciones de las plataformas y las reservas correspondían a otras entidades corporativas.

El juez Federico A. Moreno señaló en una decisión de 2025 que Expedia Group no prestaba directamente servicios al público ni operaba los sistemas, dominios y marcas de varias de las plataformas involucradas.

La compañía utilizó precisamente esa estructura corporativa para cuestionar su responsabilidad.

El demandante, sin embargo, presentó contratos y otros documentos para intentar demostrar que existía una conexión suficiente entre las distintas entidades del grupo y las operaciones comerciales relacionadas con Cuba.

Este aspecto puede ser fundamental porque, en una demanda bajo Helms-Burton, no basta necesariamente con demostrar que una empresa pertenece a un determinado grupo corporativo. Hay que establecer qué entidad realizó la actividad cuestionada y cuál fue su participación.

El antecedente que estremeció a la industria

La actual controversia no surge de la nada.

En abril de 2025, un jurado federal de Miami emitió un veredicto de aproximadamente 29,8 millones de dólares contra Expedia y tres entidades relacionadas en el primer juicio con jurado de este tipo bajo el Título III de Helms-Burton.

El caso fue considerado histórico porque puso directamente frente a frente a una familia cubano-estadounidense que reclamaba una propiedad confiscada y a grandes compañías internacionales de viajes acusadas de beneficiarse de ella.

Sin embargo, la historia no terminó con aquel veredicto.

En septiembre de 2025, el juez Moreno dejó sin efecto el resultado contra los demandados después del juicio. Entre otras cuestiones, la decisión cuestionó la suficiencia de la evidencia contra Expedia Group como compañía matriz y señaló problemas relacionados con la demostración de determinadas reservas y responsabilidades corporativas.

La decisión fue extraordinariamente importante porque demostró que ganar ante un jurado no necesariamente significa obtener finalmente una sentencia ejecutable bajo una legislación tan compleja como Helms-Burton.

Una nueva demanda vuelve a abrir el frente

La historia, sin embargo, no desapareció.

En febrero de 2025 fue presentada otra demanda en el Tribunal Federal del Distrito Sur de Florida, en Miami, identificada como Echevarria et al. v. Expedia Group Inc. et al., número de caso 1:25-cv-20711.

Los demandantes son Aureliano A. Echevarría y Maria Echevarría Ochoa y los demandados incluyen a Expedia Group, Expedia Inc., Hotels.com y Orbitz.

Expedia intentó conseguir la desestimación del nuevo caso.

En enero de 2026, durante una audiencia de varias horas ante la magistrada Ellen F. D’Angelo, los abogados de Expedia insistieron en sus argumentos para sacar el caso del tribunal.

Entre sus argumentos figura que los demandantes no pueden establecer adecuadamente que existió tráfico dentro del período permitido por la ley y que no existe una base de buena fe para afirmar que hubo reservas o actividad relacionada con los hoteles después de 2020.

Pero el intento de detener el proceso no prosperó completamente.

En diciembre de 2025, la magistrada D’Angelo rechazó la solicitud de Expedia de suspender el proceso de descubrimiento. La jueza señaló que no existía una razón suficiente para considerar que la demanda estaba destinada a ser desestimada y permitió que continuara la preparación del caso.

¿Puede una reserva hotelera convertirse en “tráfico” de una propiedad confiscada?

Esta es probablemente la pregunta más importante de todo el caso.

Para una empresa turística, el negocio parece sencillo: promocionar un hotel, ofrecer habitaciones y recibir una comisión o beneficio por las reservas.

Pero bajo la interpretación que plantean los demandantes, si el hotel está construido sobre una propiedad confiscada y la empresa conoce esa situación, la actividad comercial podría quedar dentro del alcance del Título III.

El problema para los demandantes es demostrar cuándo la empresa supo de la reclamación y qué hizo después de conocerla.

El propio expediente judicial muestra que el requisito del conocimiento y la intención ha sido uno de los principales puntos de discusión entre las partes.

Y aquí aparece una paradoja.

Una compañía puede investigar quién es el propietario de un hotel con el que trabaja, pero determinar quién tenía los derechos sobre un terreno cubano confiscado hace décadas puede requerir revisar registros históricos, sucesiones familiares, legislación cubana anterior a la revolución y decisiones posteriores del gobierno comunista.

Precisamente eso ha ocurrido en este litigio.

Una historia que se remonta mucho más atrás que Expedia

El tribunal ha tenido que examinar incluso cuestiones de derecho cubano anteriores a 1959.

En el litigio relacionado con Cayo Coco, los demandantes han presentado una compleja cadena de sucesiones para demostrar que sus antepasados tenían derechos sobre la propiedad.

La defensa, por su parte, cuestiona que los demandantes hayan demostrado suficientemente la existencia y transmisión de esos derechos.

El tribunal ha tenido que analizar documentos y opiniones de expertos sobre la legislación cubana y sobre la forma en que la propiedad habría pasado de una generación a otra.

Es decir, antes de decidir si Expedia traficó con una propiedad, el tribunal tiene que enfrentarse a una pregunta todavía más básica: ¿era realmente propiedad de los demandantes la tierra en cuestión?

El precedente que puede preocupar a otras compañías

El caso trasciende a Expedia.

Si finalmente los tribunales establecen que una plataforma de reservas puede ser responsable bajo Helms-Burton por comercializar habitaciones en un hotel construido sobre terrenos confiscados, otras compañías que hayan trabajado con hoteles cubanos podrían enfrentar demandas similares.

Agencias de viajes, plataformas de reservas, operadores turísticos, compañías de alquiler de vehículos e incluso determinadas empresas de servicios podrían convertirse en objetivos de litigios si sus actividades son consideradas una forma de beneficiarse comercialmente de propiedades confiscadas.

No es una preocupación puramente teórica.

En los últimos años han aparecido demandas contra otras compañías relacionadas con actividades en Cuba, utilizando precisamente el mecanismo creado por el Título III de Helms-Burton.

Una disputa donde el pasado de Cuba se encuentra con el negocio moderno

El caso Expedia plantea una situación extraordinaria.

Una confiscación ocurrida durante los primeros años de la revolución cubana puede terminar siendo discutida décadas después en un tribunal federal de Miami, utilizando documentos históricos cubanos, registros de propiedad, contratos internacionales y bases de datos de reservas hoteleras.

Y en el centro de todo aparece una pregunta que parece sencilla, pero que jurídicamente resulta extraordinariamente complicada:

¿Hasta dónde llega la responsabilidad de una empresa estadounidense que obtiene ingresos de una actividad turística desarrollada sobre una propiedad que el gobierno cubano confiscó hace más de seis décadas?

Para las familias cubanas que perdieron sus propiedades, la respuesta es clara: la confiscación no desaparece porque el tiempo haya pasado ni porque sobre el terreno se haya construido un hotel moderno.

Para Expedia, el argumento es igualmente contundente: una empresa no puede ser considerada traficante de una propiedad confiscada si no sabía que estaba utilizando o beneficiándose de ella de esa manera.

La batalla ahora corresponde a los tribunales.

Y cualquiera que sea el desenlace, el caso podría convertirse en otro capítulo decisivo de la larga guerra judicial por los bienes confiscados por el régimen cubano.

Pero detrás de esta demanda hay una historia mucho más antigua que Expedia: una familia cubana que asegura que sus tierras fueron confiscadas por el régimen de Fidel Castro y que hoy intenta recuperar sus derechos en los tribunales de Estados Unidos.

Reporta.news continuará mañana siguiendo este proceso.

FOTO: Reportour

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